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Real Decreto 1624/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, en lo relativo a la comunicación comercial televisiva.
En vigor Ministerio de Industria, Turismo y Comercio · Publicada el 7 de diciembre de 2011 · Último cambio el 22 de enero de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición adicional única. Definiciones.
- Disposición transitoria única. Ejercicio de funciones.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Firma
- REGLAMENTO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación del Reglamento.
- Artículo 2. Limitaciones del tiempo dedicado a la emisión por televisión de autopromociones y comunicaciones comerciales.
- Artículo 3. Interrupciones de programas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Autopromociones relativas a la programación.
- Artículo 5. Autopromociones de productos. 2 redacciones · cambió el 22/01/2014
- Artículo 6. Locuciones verbales.
- Artículo 7. Información de programación y productos no sometidos a cómputo.
- Artículo 8. La publicidad en la autopromoción.
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Condiciones y requisitos de las telepromociones para que no computen en el límite de 12 minutos por hora de reloj destinados a mensajes publicitarios y de televenta. 2 redacciones · cambió el 22/01/2014
- Artículo 10. Limitación diaria y horaria del tiempo dedicado a las telepromociones.
- Artículo 11. Identificación de las telepromociones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 12. Condiciones y requisitos del patrocinio para que no computen como mensajes publicitarios en el límite de 12 minutos por hora de reloj destinados a mensajes publicitarios y de televenta.
- Artículo 13. Programas en los que no se admite el patrocinio.
- CAPITULO V
- Artículo 14. Condiciones y requisitos del emplazamiento de producto.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 15. Emisión de comunicación comercial que interrumpe la retransmisión del acontecimiento deportivo. 2 redacciones · cambió el 22/01/2014
- Artículo 16. Inserción de comunicación comercial que no interrumpe la retransmisión del acontecimiento deportivo. 2 redacciones · cambió el 22/01/2014
- Artículo 17. Disposiciones comunes. 2 redacciones · cambió el 22/01/2014
- CAPITULO VII
- Artículo 18. Promoción de la cultura europea.


