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Real Decreto 1629/2011, de 14 de noviembre, por el que se declara como Área Marina Protegida y como Zona Especial de Conservación el espacio marino de El Cachucho, y se aprueban las correspondientes medidas de conservación.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino · Publicada el 8 de diciembre de 2011 · Último cambio el 4 de agosto de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- Artículo 1. Declaración de El Cachucho como Área Marina Protegida.
- Artículo 2. Declaración de El Cachucho como Zona Especial de Conservación.
- Artículo 3. Aprobación del Plan de gestión del AMP y de la ZEC de El Cachucho, y ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Evaluación de planes, programas y proyectos.
- Artículo 5. Gestión y Dirección Técnica del AMP y de la ZEC de El Cachucho.
- Artículo 6. Colaboración entre Administraciones Públicas.
- Artículo 7. Régimen de infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Derecho Internacional.
- Disposición adicional segunda. Adaptación a la Estrategia Marina de la Demarcación Marina Noratlántica.
- Disposición adicional tercera. Seguimiento científico.
- Disposición adicional cuarta. Correspondencia de la superficie y las coordenadas del AMP y ZEC de El Cachucho en función del datum y del sistema de coordenadas.
- Disposición adicional quinta. Órganos de coordinación técnica y participación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Vigencia.
- Disposición final tercera. Habilitación normativa.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- APÉNDICE


