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Legislación › Orden PRE/135/2011, de 24 de enero, por la que se aprueba la norma específica de peritación de daños en las producciones de guisante verde, judía verde y haba verde, amparados por el seguro agrario combinado.

ANEXO VIII

ANEXO VIII

Pérdida en calidad para los riesgos de pedrisco y viento judía verde con destino a industria

Grupo Sintomatología Daño (%)
I Vainas con leves rozaduras y contusiones menores de 0,3 cm2. 0
II Lesiones cicatrizadas que afecten a uno de los tercios de la vaina. 33
III Lesiones cicatrizadas que afecten a dos de los tercios de la vaina. 66
IV Lesiones cicatrizadas que afecten a toda la vaina o frutos no aptos para la transformación industrial. 100

Como complemento de lo anterior, el procedimiento a utilizar para la valoración de los daños en calidad producidos por el pedrisco sobre la producción existente será:

a) En aquellos casos en que el daño en calidad supere el 10 por 100 de la producción existente, el daño se incrementará según se indica en la siguiente tabla:

Daño resultante de la tabla anterior Daño a aplicar
Del 10,01% al 15 %. 20%
Del 15,01% al 20%. 30%
Del 20,01% al 25%. 40%
Del 25,01% al 30%. 55%
Del 31,01% al 35%. 70%

b) Cuando el daño supere el 35%, se dará por perdido el cultivo, pasando a ser el daño del 100%.

En este caso, si se procediera a la recolección el daño será el 70%.

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