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Legislación › Real Decreto 1704/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la demarcación de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo.

Disposición adicional primera. Constitución del Consejo del Agua de la demarcación.

Disposición adicional primera. Constitución del Consejo del Agua de la demarcación.

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a través de la Confederación Hidrográfica del Tajo, llevará a cabo las actuaciones necesarias para que el Consejo del Agua de la demarcación se constituya en el plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de este real decreto.

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