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Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino · Publicada el 12 de diciembre de 2011 · Último cambio el 3 de agosto de 2013 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Articulo 2. Definiciones.
  6. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  7. CAPÍTULO II
  8. Artículo 4. Contenido y características.
  9. Artículo 5. Procedimientos de inclusión o exclusión de especies.
  10. Artículo 6. Análisis de riesgos.
  11. Artículo 7. Información contenida en los registros.
  12. Artículo 8. Efectos de la inclusión de una especie en el Catálogo o en el Listado.
  13. CAPÍTULO III
  14. Artículo 9. Medidas urgentes.
  15. Artículo 10. Medidas de lucha contra las especies exóticas invasoras del Listado y Catalogo.
  16. Artículo 11. Red de Alerta para la vigilancia de especies exóticas invasoras.
  17. CAPÍTULO IV
  18. Artículo 12. Características de las estrategias de gestión, control y posible erradicación.
  19. Artículo 13. Contenido de las estrategias de gestión, control y posible erradicación.
  20. CAPÍTULO V
  21. Artículo 14. Financiación.
  22. Artículo 15. Sanciones.
  23. Disposición adicional primera. Competencias sobre biodiversidad marina.
  24. Disposición adicional segunda. Híbridos, animales de compañía, animales de compañía exóticos, domésticos y de producción y plantas cultivadas con fines científicos asilvestrados en el medio natural.
  25. Disposición adicional tercera. Singularidad de las islas.
  26. Disposición adicional cuarta. Comercialización de variedades de especies alóctonas por razones fitosanitarias.
  27. Disposición adicional quinta. Régimen específico para especies en Parques Zoológicos y Jardines Botánicos.
  28. Disposición adicional sexta. Disposiciones específicas para el galápago americano o de Florida («Trachemys scripta»).
  29. Disposición adicional séptima. Reparación del daño medioambiental causado por especies exóticas invasoras.
  30. Disposición adicional octava. Especies plaga, organismos de control biológico exóticos contemplados en la Ley 42/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal y especies sometidas al Real Decreto 289/2003 de 7 de marzo, sobre comercialización de materiales forestales de reproducción.
  31. Disposición transitoria primera. Especies vegetales en viveros ornamentales.
  32. Disposición transitoria segunda. Especies introducidas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, con fines cinegéticos, piscícolas y selvícolas.
  33. Disposición transitoria tercera. Animales de compañía, animales de compañía exóticos o domésticos.
  34. Disposición transitoria cuarta. Especies vegetales en posesión de particulares o ubicados en parques urbanos y jardines públicos.
  35. Disposición final primera. Título competencial.
  36. Disposición final segunda. Habilitación para la adaptación a la normativa europea o internacional.
  37. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  38. Firma
  39. ANEXO I
  40. ANEXO II