Legislación › Ley 3/2000, de 29 de junio, de creación del Colegio de Ingenieros en Informática del País Vasco.
Disposición final tercera. Constitución de los órganos de gobierno.
Disposición final tercera. Constitución de los órganos de gobierno.
Una vez concluido el periodo de colegiación, se convocará al órgano plenario del Colegio al objeto de proceder a la elección de los miembros integrantes de los órganos de gobierno. La constitución de los órganos de gobierno será publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco».
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