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Legislación › Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.

Artículo 99. Divulgación ambiental.

Artículo 99. Divulgación ambiental.

Los programas de gestión ambiental tendrán, en todo caso, un componente de educación y divulgación, favoreciendo el conocimiento de los mismos por parte de la ciudadanía y la participación de los diferentes sectores sociales, fomentando, asimismo, la consolidación del asociacionismo en el área de la protección del medio ambiente.

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