Legislación › Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco.
Artículo 74. Estatuto del deportista de alto nivel.
Artículo 74. Estatuto del deportista de alto nivel.
El Gobierno Vasco, con el asesoramiento de las federaciones deportivas y del Consejo Vasco del Deporte, aprobará un estatuto para los deportistas de alto nivel.


