Legislación › Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco.
Artículo 84. Lista de sustancias y métodos.
Artículo 84. Lista de sustancias y métodos.
El Gobierno Vasco, de conformidad con lo dispuesto en los convenios internacionales sobre la materia, elaborará, actualizará y publicará una lista de sustancias y métodos prohibidos destinados a aumentar artificialmente las capacidades físicas de los deportistas o a modificar los resultados de las competiciones.


