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Legislación › Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco.

Artículo 84. Lista de sustancias y métodos.

Artículo 84. Lista de sustancias y métodos.

El Gobierno Vasco, de conformidad con lo dispuesto en los convenios internacionales sobre la materia, elaborará, actualizará y publicará una lista de sustancias y métodos prohibidos destinados a aumentar artificialmente las capacidades físicas de los deportistas o a modificar los resultados de las competiciones.

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