LexTotal

Legislación › Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco.

Disposición adicional sexta. Convenios de las federaciones deportivas para el desarrollo de actividades y competiciones deportivas comunes.

Disposición adicional sexta. Convenios de las federaciones deportivas para el desarrollo de actividades y competiciones deportivas comunes.

Las federaciones deportivas podrán suscribir convenios de colaboración o cooperación con las entidades deportivas públicas o privadas radicadas dentro o fuera de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el desarrollo de actividades y competiciones deportivas comunes. En especial, las federaciones deportivas promoverán fórmulas de colaboración con aquellas entidades deportivas de otros territorios vascos y comunidades que fomenten la práctica y el desarrollo de los deportes autóctonos de Euskal Herria.

← Disposición adicional quinta Índice Disposición adicional séptima →