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Legislación › Ley 16/1998, de 25 de junio, de Cofradías de Pescadores.

Artículo 47. Proposición de candidatos.

Artículo 47. Proposición de candidatos.

Las Juntas Directivas de las cofradías de pescadores, o el 20% de los miembros de la Asamblea General de éstas, podrán proponer candidatos a Presidente y Vicepresidente de las federaciones de cofradías en el período electoral establecido.

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