Legislación › Ley 2/2008, de 21 de abril, de carreteras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Disposición adicional segunda. Referencia a las carreteras en instrumentos de ordenación del territorio o medio ambiente.
Disposición adicional segunda. Referencia a las carreteras en instrumentos de ordenación del territorio o medio ambiente.
Cuando sobre una carretera exista alguna afección derivada de un instrumento de ordenación del territorio, de planeamiento, de reserva para futuros desarrollos viarios o de medio ambiente, la referencia a la carretera se entenderá que incluye la zona de dominio público.
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