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Legislación › Ley 1/2009, de 11 de marzo, de transporte marítimo de pasajeros de la Región de Murcia.

Artículo 16. Competencia y gratuidad de la inscripción.

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Artículo 16. Competencia y gratuidad de la inscripción.
1. Las certificaciones de los datos inscritos se extenderán por el Director General competente en materia de transportes.
2. La inscripción, modificación inscripción y cancelación de datos será gratuita.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de junio de 2016 En vigor BOE-A-2016-6041 Leer Qué cambió
21 de mayo de 2009 Texto original Leer

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