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Legislación › Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.

Disposición adicional tercera. Doctora o Doctor Honoris Causa.

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Disposición adicional tercera. Doctora o Doctor Honoris Causa.
De acuerdo con lo que establezca su normativa, las universidades podrán nombrar Doctora o Doctor Honoris Causa a aquellas personas que, en atención a sus excepcionales méritos académicos, científicos científicos, culturales, sociales o específicamente personales sean acreedoras de tal distinción.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de julio de 2023 En vigor BOE-A-2023-16573 Leer Qué cambió
11 de febrero de 2011 Texto original Leer

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