Legislación › Ley 4/2009, de 14 de mayo, de protección ambiental integrada.
Artículo 61. Órganos competentes.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de abril de 2016 y la del 17 de febrero de 2017. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 61. Órganos competentes.
Los órganos municipales competentes para el otorgamiento de la licencia de actividad y el control de las actividades sometidas a licencia y declaración responsable se determinarán conforme a lo establecido en la legislación aplicable en materia de régimen local.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 17 de febrero de 2017 En vigor | BOE-A-2017-2468 | Leer | Qué cambió |
| 23 de abril de 2016 | BOE-A-2016-90341 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | Texto original | Leer |


