Legislación › Ley 4/2009, de 14 de mayo, de protección ambiental integrada.
Artículo 72. Declaración responsable en el caso de actividades de comercio y determinados servicios.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2010 y la del 23 de abril de 2016.
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Artículo 72. Resolución sobre la licencia Declaración responsable en el caso de actividad. actividades de comercio y determinados servicios.
1. La licencia de actividad se entiende instada con la solicitud de autorización ambiental autonómica. La denegación Para el ejercicio de esta última conlleva la las actividades incluidas en el título I y el anexo de la licencia Ley 12/2012, de actividad, sin necesidad 26 de resolución expresa municipal. diciembre, de
2. Una vez otorgada la autorización ambiental autonómica, el ayuntamiento deberá resolver y notificar sobre la licenciaactividad inmediatamente después medidas urgentes de que reciba del órgano autonómico competente la comunicación liberalización del otorgamiento. comercio y de
3. No obstante, en el supuestoque, determinados servicios, ampliadas por no haber informado el ayuntamiento en los aspectos de su competencia, deba realizar previamente las comprobaciones a que se refiere recogidas en el apartado 2 capítulo II del artículo 70, la resolución título II y notificación el anexo de la licencia Ley regional 8/2014, de actividad se producirá 21 de noviembre, de medidas tributarias, de simplificación administrativa y en el plazo máximo materia de dos meses desde que reciba función pública, bastará la comunicación del otorgamiento presentación de la autorización ambiental autonómica. declaración responsable regulada en estas leyes, con la manifestación explícita del cumplimiento de
4. En todo caso, transcurrido el citado plazodos meses sin aquellos requisitos que se notifique el otorgamiento de la licencia resulten exigibles de actividad, ésta se entenderá concedida acuerdo con sujeción a las condiciones que figuren en la autorización ambiental autonómica como relativas a normativa vigente, incluido, en su caso, estar en posesión de la competencia local. documentación que así lo acredite y del proyecto cuando corresponda.
Si 2. Estas actividades deberán contar con el ayuntamiento no resuelve certificado de inmediato sobre la licencia cumplimiento de actividad tras la comunicación todas las condiciones del órgano autonómico, deberá informar anexo II, o, cuando no reúnan dichas condiciones, con el certificado a los interesados de la fecha en que la comunicación ha sido recibida por el órgano municipal competente, se refiere el plazo máximo establecido párrafo b) del apartado 4 del artículo 70, para la resolución y notificación de la licencia de actividad, y su exhibición cuando sea requerido por el sentido favorable previsto para ayuntamiento en el caso de silencio administrativo. ejercicio de
5. En ningún caso se entenderán adquiridas por silencio administrativo licenciasactividad en contra sus funciones de la legislación ambiental. comprobación o inspección.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 17 de febrero de 2017 En vigor | BOE-A-2017-2468 | Leer | Qué cambió |
| 23 de abril de 2016 | BOE-A-2016-90341 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | Texto original | Leer |


