Legislación › Orden EDU/215/2011, de 8 de febrero, por la que se establece el procedimiento de reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos en la modalidad de deportes de invierno.
Artículo 7. Obtención individual del reconocimiento.
Artículo 7. Obtención individual del reconocimiento.
Quienes acrediten haber superado la formación a la que se refiere el artículo 6 y se encuentren relacionados en las correspondientes actas, podrán solicitar el efecto de reconocimiento previsto en el artículo 4 mediante el modelo establecido en el anexo I.


