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Legislación › Ley 6/2010, de 23 de diciembre, de publicidad y comunicación institucional de Euskadi.

Artículo 14. Campañas no previstas en el plan anual.

Artículo 14. Campañas no previstas en el plan anual.

Excepcionalmente, y cuando por motivos sobrevenidos deban realizarse campañas institucionales de publicidad y de comunicación no previstas en el plan anual de publicidad y comunicación institucional, la entidad que promueva o contrate la campaña lo comunicará a la Comisión Interdepartamental de Publicidad Institucional, a los efectos previstos en la letra a) del apartado 2 del artículo 12 de esta Ley. Estas campañas deberán ajustarse en todo caso a lo dispuesto en la presente Ley.

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