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Legislación › Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de servicios sociales de Castilla-La Mancha.

Artículo 12. Niveles de atención del Sistema Público de Servicios Sociales.

Artículo 12. Niveles de atención del Sistema Público de Servicios Sociales.

1. El Sistema Público de Servicios Sociales, se organiza en torno a dos niveles de atención, coordinados y complementarios entre sí:

a) Servicios Sociales de Atención Primaria.

b) Servicios Sociales de Atención Especializada.

2. En cada uno de estos niveles de atención se establecerán protocolos específicos para atender las situaciones de urgencia social que puedan presentarse, tal y como se establece en la presente Ley.

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