LexTotal

Legislación › Ley 8/2009, de 2 de noviembre, de creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de la Región de Murcia.

Artículo 2. Ámbito territorial.

Artículo 2. Ámbito territorial.

El Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de la Región de Murcia tiene como ámbito territorial el de la Región de Murcia.

← Artículo 1 Índice Artículo 3 →