Legislación › Ley 8/2009, de 2 de noviembre, de creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de la Región de Murcia.
Artículo 4. Relaciones con la Administración regional.
Artículo 4. Relaciones con la Administración regional.
Para el cumplimiento de sus fines institucionales o corporativos, el Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de la Región de Murcia se relacionará con la Consejería competente en materia de sanidad o con aquel departamento de la Administración regional que determine el Consejo de Gobierno.


