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Legislación › Orden INT/314/2011, de 1 de febrero, sobre empresas de seguridad privada.

Disposición transitoria única. Períodos de adaptación.

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Disposición transitoria única. Períodos de adaptación.
Los sistemas 1. Las medidas de alarmas instalados seguridad física contra robo e intrusión, obligatorias, instaladas antes de la fecha de entrada en vigor de la presente Orden se adecuarán a lo dispuesto en ésta dentro de los siguientes plazos a partir esta orden tendrán una validez indefinida hasta el final de su entrada vida útil, debiendo ser actualizadas en vigor:
a) Dos años para que las empresas
caso de seguridad inscritas en el registro correspondiente adecuen sus resultar afectadas por reformas estructurales de los sistemas de alarmas a seguridad de los artículos 5, 22, 23 y 24. que formen parte.
b) Diez años Se entiende por vida útil la duración que un elemento o medida de seguridad contra robo o intrusión puede tener, cumpliendo la finalidad para la que todos fueron instalados.
2. Las medidas de seguridad electrónica y
los sistemas de alarmas conectados a una central alarma instalados en las empresas de alarmas, ajena o propia, y que no tengan expresamente señalado un plazo menor, seguridad antes de la fecha de entrada en vigor de esta orden se adecuen adecuarán a lo dispuesto en la presente Orden. misma en el plazo de diez años a partir de su entrada en vigor.
3. Cuando un sistema de alarma seguridad necesite utilizar componentes que en el momento de su instalación no estén disponibles en el mercado, según lo establecido en la normativa sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada, se permitirá su conexión, siempre que tales elementos no influyan negativamente en su funcionamiento operativo. La permanencia de tales elementos en el sistema estará condicionada a la posible aparición de la especificación técnica que lo regule y a su disponibilidad en el mercado. Transcurrido el periodo de carencia de diez años establecido en el párrafo anterior, se deberá disponer del pertinente certificado emitido por el fabricante y exhibirse en caso de ser requerido.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de septiembre de 2020 En vigor BOE-A-2020-10366 Leer Qué cambió
8 de agosto de 2013 BOE-A-2013-8706 Leer Qué cambió
18 de agosto de 2011 Texto original Leer

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