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Legislación › Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura.

Artículo 34. Acontecimientos con relevancia turística.

Artículo 34. Acontecimientos con relevancia turística.

La Administración Turística podrá otorgar un distintivo de calidad a aquellos acontecimientos y manifestaciones con especial relevancia turística que, suponiendo una valorización de la cultura y de las tradiciones, y por la peculiaridad o singularidad del acontecimiento en el conjunto de fiestas de la región, tengan un atractivo turístico especial.

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