Legislación › Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura.
Artículo 82. Actividades turísticas alternativas.
Artículo 82. Actividades turísticas alternativas.
Son empresas de actividades turísticas alternativas aquellas que oferten la práctica de actividades turísticas tales como deportivas, medioambientales, de agroturismo, turismo activo, turismo ornitológico, culturales, formativas, recreativas o de ocio, belleza, salud, y aquellas otras que con su actividad contribuyan a la diversificación y mejora de la oferta turística.


