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Legislación › Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura.

Artículo 84. Objeto.

Artículo 84. Objeto.

Es objeto de la disciplina turística la regulación de la función inspectora, la tipificación de las infracciones, la fijación de las sanciones y la regulación del procedimiento sancionador aplicable en materia de turismo.

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