Legislación › Real Decreto-ley 2/2011, de 18 de febrero, para el reforzamiento del sistema financiero.
Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de febrero de 2011 y la del 31 de agosto de 2012.
Tachado: lo que se quitó (28 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.
Se habilita al Banco de España para aprobar las disposiciones necesarias para la definición del concepto de financiación mayorista previsto en el artículo 1.2.a) del presente real decreto-ley. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de noviembre de 2012 En vigor | BOE-A-2012-14062 | Leer | Qué cambió |
| 31 de agosto de 2012 | BOE-A-2012-11247 | Leer | Qué cambió |
| 20 de febrero de 2011 | Texto original | Leer |
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