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Legislación › Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza.

Artículo 38.

Artículo 38.

La representación de cada estamento, se elegirá por y entre los miembros de cada uno de ellos, con la siguiente salvedad:

a) Los representantes de clubes deportivos de una misma Comunidad Autónoma, no podrán ocupar más de dos puestos de miembros de la Comisión Delegada.

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