Legislación › Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza.
Artículo 45.
Artículo 45.
El Juez Único de Competición gozará de plena libertad en la apreciación y valoración de pruebas, antecedentes e informes.


