Legislación › Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza.
Artículo 50.
Artículo 50.
El Presidente tendrá voto de calidad para los casos de empate en las votaciones que se lleven a cabo en los órganos colegiados de la RFEC que él presida.


