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Legislación › Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza.

Artículo 7.

Artículo 7.

La RFEC ejerce la potestad disciplinaria de acuerdo con sus propias normas estatutarias y reglamentarias y con el resto del ordenamiento jurídico deportivo, instruyendo y resolviendo expedientes disciplinarios deportivos de oficio o a solicitud del interesado.

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