Legislación › Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza.
Artículo 71. Comité de Competiciones.
Artículo 71. Comité de Competiciones.
El Comité de Competiciones está integrado por los representantes de las distintas especialidades deportivas que tutela la Real Federación Española de Caza. El Presidente del Comité de Competición será designado por el Presidente de la Real Federación Española de Caza.
Las funciones de este Comité de Competiciones serán las siguientes:
Elaborar propuestas de los calendarios de competiciones anuales.
Elaborar informes de las competiciones realizadas.
Informar al Comité Jurisdiccional y Disciplinario de los recursos habidos por deportistas o clubes.


