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Legislación › Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León.

Artículo 65. Actuaciones de inscripción, autorización y acreditación.

Artículo 65. Actuaciones de inscripción, autorización y acreditación.

Las actuaciones de inscripción en el Registro, autorización y acreditación, en los términos establecidos en el presente capítulo, se realizarán por la Administración de la Comunidad.

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