LexTotal

Legislación › Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

Artículo 54. Titularidad y carácter patrimonial de los resultados de la actividad investigadora y del derecho a solicitar los correspondientes títulos de propiedad industrial e intelectual para su protección.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de marzo de 2011 y la del 7 de septiembre de 2022. Tachado: lo que se quitó (92 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 54. Titularidad y carácter patrimonial de los resultados de la actividad investigadora y del derecho a solicitar los correspondientes títulos de propiedad industrial e intelectual para su protección.
1. Los resultados de las actividades de investigación, desarrollo e innovación a las que se refiere el artículo anterior, así como el derecho a solicitar los títulos de propiedad industrial adecuados para su protección jurídica pertenecerán a las entidades cuyos investigadores los hayan obtenido en el ejercicio de las funciones que les son propias.
2. Los derechos de explotación relativos a la propiedad intelectual corresponderán a las entidades en que el autor haya desarrollado una relación de servicios, en los términos y con el alcance previsto en la legislación sobre propiedad intelectual.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de septiembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-14581 Leer Qué cambió
6 de marzo de 2011 Texto original Leer

← Artículo 53 Índice Artículo 55 →