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Legislación › Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

Disposición final decimoquinta. Régimen fiscal de los Organismos públicos que se transformen en Agencias estatales.

Disposición final decimoquinta. Régimen fiscal de los Organismos públicos que se transformen en Agencias estatales.

Se modifica el apartado 2 de la disposición adicional décima de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la Mejora de los Servicios Públicos, con efectos desde la entrada en vigor de dicha ley, que queda redactado de la siguiente forma:

«2. Los Organismos públicos que se transformen en Agencias estatales conforme a lo previsto en la disposición adicional quinta de esta Ley o en cualquier otra norma, mantendrán el régimen fiscal que tuviera el organismo de origen.»

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