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Legislación › Real Decreto 345/2011, de 11 de marzo, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en la Red de Carreteras del Estado.

ANEXO III BIS

ANEXO III BIS

Elementos indicativos de las inspecciones específicas de seguridad vial

1. Trazado y sección transversal de la vía:

Visibilidad.

Legibilidad del trazado.

Condiciones de la sección transversal.

Limitaciones de velocidad.

Accesos a la carretera.

Accesos de los vehículos de emergencias y de servicio.

2. Nudos:

Tipo y condiciones geométricas.

Visibilidad y percepción desde las aproximaciones y en el nudo.

Condiciones de los elementos de ordenación y regulación del tráfico.

Canalización de los flujos de peatones y de ciclistas.

3. Disposiciones relativas a los usuarios vulnerables de la vía pública:

Disposiciones relativas a los peatones.

Disposiciones relativas a los ciclistas.

Disposiciones relativas a los vehículos de motor de dos ruedas.

4. Señalización e iluminación:

Coherencia y legibilidad.

Condiciones de los soportes.

5. Márgenes y dispositivos de contención:

Condiciones de las márgenes.

Condiciones y disposición de los sistemas de contención.

Terminales de las barreras de seguridad.

Vallado (en carreteras con control de accesos).

6. Firme:

Estado.

Adherencia.

Regularidad.

Drenaje.

7. Viaductos y túneles:

Elementos de seguridad.

8. Otras cuestiones:

Zonas seguras de estacionamiento y descanso.

Deslumbramiento por los faros.

Actividades peligrosas en las márgenes.

Animales sueltos.

Obras.

Se añade por el art. único.22 del Real Decreto 61/2022, de 25 de enero de 2022. BOE-A-2022-1425

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