Legislación › Resolución de 1 de marzo de 2011, de la Mutualidad General Judicial, sobre delegación de competencias.
Octavo.
Octavo.
En todas las resoluciones que se dicten, en virtud de la delegación de atribuciones reguladas en la presente Resolución, debe hacerse constar expresamente, tal circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.


