Legislación › Ley 1/2011, de 10 de febrero, de convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 20. Acuerdos en el ámbito de la acción exterior.
Artículo 20. Acuerdos en el ámbito de la acción exterior.
1. La Comunidad Autónoma de Aragón podrá suscribir acuerdos de colaboración con entes públicos de otros Estados o con organismos internacionales para la promoción y defensa de los intereses de Aragón en el exterior.
2. Especialmente, se promoverán acuerdos en materia de investigación, desarrollo tecnológico, protección del medio ambiente, ayuda al desarrollo y apertura exterior de la economía aragonesa.


