Legislación › Ley 1/2011, de 10 de febrero, de convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 29. Firma.
Artículo 29. Firma.
El Gobierno de Aragón, en el acuerdo de autorización, designará el titular del órgano o representante firmante del convenio o acuerdo. A falta de designación, se firmará por el Presidente o miembro del Gobierno en quien delegue.


