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Legislación › Real Decreto 253/2011, de 28 de febrero, sobre régimen jurídico de los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles adscritos a la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Artículo 12. Funciones.

Artículo 12. Funciones.

En las materias cuya competencia corresponda a la Dirección General de los Registros y del Notariado, los Notarios y Registradores adscritos colaborarán de acuerdo con la distribución de funciones que establezca el titular del Centro Directivo.

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