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Legislación › Ley 16/2010, de 21 de diciembre, de actuación integral en zonas de atención especial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor a los veinte días siguientes a su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura».

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