Legislación › Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura.
Artículo 23. Causas de la descalificación de la mancomunidad integral.
Artículo 23. Causas de la descalificación de la mancomunidad integral.
La Consejería competente en materia de Administración local podrá acordar mediante resolución expresa descalificar a una mancomunidad integral en los siguientes supuestos:
a) Cuando hayan cambiado las circunstancias sobre el cumplimiento de los requisitos que sirvieron para proceder a su calificación como integral.
b) Cuando exista un incumplimiento grave de las obligaciones asumidas por la mancomunidad integral.


