Legislación › Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional.
Disposición transitoria primera. Retenidos en el empleo.
Disposición transitoria primera. Retenidos en el empleo.
El militar que se encuentre retenido en su empleo con carácter definitivo, por aplicación de la normativa anterior a la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, tendrá las limitaciones para ocupar determinados destinos especificadas en el artículo 21.2 del Reglamento que se aprueba.


