Legislación › Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.
Artículo 18. Composición del Tribunal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2013 y la del 6 de julio de 2017.
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Artículo 18. Composición del Tribunal.
1. El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón estará compuesto por un Presidente presidente y al menos dos vocales.
2. La designación del Presidente y los vocales de este Tribunal se realizará por Decreto del Gobierno de Aragón, previa información a las Cortes de Aragón y a propuesta del Consejero competente en materia de contratación pública. Se podrán designar suplentes para los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
3. La designación del Presidente se realizará entre funcionarios de carrera de cuerpos y escalas del grupo A con la titulación en Derecho, que hayan desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a quince años en la rama de Derecho Administrativo relacionada directamente con la contratación pública.
4. La designación de los vocales se realizará entre funcionarios de carrera de cuerpos y escalas del grupo A con la titulación en Derecho, que hayan desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a diez años en la rama de Derecho Administrativo relacionada directamente con la contratación pública. Al menos uno de los vocales será funcionario de la Administración local.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de junio de 2017 En vigor | BOE-A-2017-90382 | Leer | Qué cambió |
| 6 de julio de 2017 | BOE-A-2017-10292 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-1424 | Leer | Qué cambió |
| 10 de mayo de 2011 | Texto original | Leer |


