Legislación › Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.
Artículo 12 ter. Ampliación del plazo para requerir documentación justificativa.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de marzo de 2012 y la del 23 de febrero de 2021.
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Artículo 12 ter. Ampliación del plazo para requerir documentación justificativa.
En los supuestos en que la propuesta de adjudicación de un contrato recaiga sobre una unión temporal de empresarios o sobre una agrupación de estos con el compromiso de constituir una sociedad, el plazo para presentar la documentación referida en el artículo 151.2 a los servicios correspondientes del Texto Refundido de la Ley órgano de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, contratación de 14 acuerdo con la legislación vigente en materia de noviembre, contratación pública será de veinte días hábiles.
El órgano de contratación, en aquellos expedientes de contratación en los que lo exija la complejidad de la documentación a aportar, podrá ampliar el plazo general de diez días hábiles previsto en dicho precepto dicha legislación hasta un máximo de veinte días hábiles, de forma motivada y en el momento de aprobación del expediente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de febrero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-4247 | Leer | Qué cambió |
| 20 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-5203 | Leer |


