Legislación › Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.
Artículo 20. Secretario del Tribunal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2013 y la del 6 de julio de 2017.
Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras).
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Artículo 20. Secretario del Tribunal.
El Secretario de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma Uno de Aragón los vocales del Tribunal ejercerá las funciones de Secretario del Tribunal, que secretario y actuará con voz y sin voto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de julio de 2017 En vigor | BOE-A-2017-10292 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-1424 | Leer | Qué cambió |
| 10 de mayo de 2011 | Texto original | Leer |


