Legislación › Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.
Disposición adicional quinta. Unidad de apoyo al Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de mayo de 2011 y la del 27 de junio de 2017.
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Disposición adicional quinta. Unidad de apoyo al Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón y dotación de medios económicos. Aragón.
1. La unidad administrativa de apoyo a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa El Tribunal Administrativo de la Comunidad Autónoma Contratos Públicos de Aragón prestará apoyo técnico y administrativo al ejercicio dispondrá de las funciones del Tribunal. Para este fin, se dotará a la citada una unidad del personal administrativa que prestará apoyo técnico y administrativo necesario con conocimientos adecuados sobre la materia. para
2. Mediante Acuerdo del Gobierno de Aragón se fijará, en su caso, el importe de las dietas que perciba el Secretario del Tribunal.
3. En los presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma de Aragón se incluirán las cantidades necesariasasegurar el adecuado y eficaz funcionamiento del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos ejercicio de Aragón. sus funciones.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de junio de 2017 En vigor | BOE-A-2017-90382 | Leer | Qué cambió |
| 10 de mayo de 2011 | Texto original | Leer |
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