Legislación › Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura.
Artículo 17. Consejo Extremeño de Participación de las Mujeres.
Artículo 17. Consejo Extremeño de Participación de las Mujeres.
1. La Junta de Extremadura creará el Consejo Extremeño de Participación de las Mujeres, adscrito a la Consejería competente en materia de igualdad, como órgano consultivo y de participación de las asociaciones y organizaciones de mujeres y los agentes sociales y económicos en las políticas de igualdad de género de la Junta de Extremadura.
2. Reglamentariamente se determinarán sus funciones, composición y régimen de funcionamiento.


