Legislación › Ley 3/2011, de 22 de marzo, por la que se reconoce como universidad privada a la "Universidad Privada Internacional de Burgos", con sede en Burgos.
Disposición adicional. Caducidad del reconocimiento.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de abril de 2011 y la del 11 de mayo de 2012.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
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Disposición adicional. Caducidad del reconocimiento.
El reconocimiento de la Universidad Privada Internacional Isabel I de Burgos Castilla caducará en el caso de que, transcurrido el plazo de cuatro años desde la entrada en vigor de la presente Ley, no se hubiera solicitado la autorización para el inicio de las actividades académicas a que se refiere el artículo 2 de esta Ley, o cuando esta autorización hubiera sido denegada, mediante resolución firme, por falta de cumplimiento de los requisitos previstos en el ordenamiento jurídico.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de mayo de 2012 En vigor | BOE-A-2012-6695 | Leer | Qué cambió |
| 20 de abril de 2011 | Texto original | Leer |


