Legislación › Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública.
Artículo 13. Actos que ponen fin a la vía administrativa y recursos frente a los mismos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de abril de 2011 y la del 13 de junio de 2026.
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Artículo 13. Actos que ponen fin a la vía administrativa y recursos frente a los mismos.
1. Ponen fin a la vía administrativa todos los actos, acuerdos y resoluciones del Director de la Presidencia, y de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública, de conformidad con lo establecido en la Ley 6/1997, de 14 de abril, 40/2015, de Organización y Funcionamiento 1 de la Administración General del Estado. octubre, contra los
2. Contraactos, acuerdos y resoluciones del Director del Instituto que cabrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo competente, sin perjuicio de la formulación del recurso potestativo de reposición previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, 39/2015, de Régimen Jurídico 1 de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. octubre.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de junio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-12711 | Leer | Qué cambió |
| 17 de abril de 2011 | Texto original | Leer |


