Legislación › Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana.
Artículo 56. Tipología.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de marzo de 2011 y la del 1 de enero de 2018.
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Artículo 56. Tipología.
1. Son entidades deportivas, a los efectos de la presente ley, los clubes deportivos, las federaciones deportivas, los grupos de recreación deportiva, las agrupaciones de recreación deportiva, las secciones deportivas de otras entidades, las secciones de recreación deportiva de otras entidades, las sociedades anónimas deportivas y las asociaciones de federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana.
2. Reglamentariamente se regularán las entidades de deporte en edad escolar, previo informe de la Comisión Permanente del Deporte en Edad Escolar, en el plazo de un año.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-1871 | Leer | Qué cambió |
| 25 de marzo de 2011 | Texto original | Leer |


